LAS FINANZAS DE LA IGLESIA por Elmer N. Dunlap Rouse
PARTE 8
INCORPORACION
Cada iglesia debe incorporarse para así cumplir con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La ley exige que cuando hay propiedades que pertenecen a un grupo de personas, estas personas tienen que incorporarse para adquirir identidad legal.
De no estar incorporada la iglesia, cada miembro individualmente es responsable por los préstamos hechos a nombre de la iglesia. De ser incorporada, ninguno es responsable a menos que endose el prestamo como fiador. En caso de un accidente, los funcionarios tampoco son responsables, a menos que sean negligentes.
De no ser incorporado, lo más probable es que todo esté a nombre de un hermano (el ministro). De morirse, todas las pertenencias de la iglesia ahora son propiedad de la familia del difunto. Se vuelve "el lío de los pastores" arreglar el título de propiedad después que muera la persona a cuyo nombre parece la propiedad.